Despido con Justa Causa por Uso Indebido de Cesantías: Lecciones de la Sentencia SL245-2026
El pago parcial o retiro anticipado de cesantías exige una estricta vigilancia por parte de las organizaciones en Colombia. Recientemente, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia profirió la Sentencia SL245-2026.
En este fallo, el alto tribunal ratificó la legalidad del despido con justa causa de un trabajador que no logró acreditar la legalización ni el destino final de un retiro millonario de cesantías autorizadas para la adquisición de vivienda.
El caso analizado por la Corte Suprema
El litigio inició cuando un colaborador solicitó un avance de cesantías por valor de $100.000.000 con el argumento de adquirir una vivienda. La empresa aprobó la solicitud; sin embargo, transcurrieron varios meses sin que el empleado presentara la escritura pública o los soportes que acreditaran la compra real del inmueble.
A pesar de ser requerido en reiteradas oportunidades por la administración, el trabajador guardó silencio y no aportó prueba alguna. Por esta razón, la compañía inició un proceso disciplinario interno que culminó con la terminación del contrato de trabajo con justa causa. El excolaborador demandó a la empresa solicitando indemnización y prestaciones, alegando un despido injustificado.
Razones jurídicas que sustentan la justa causa
La Corte Suprema de Justicia concluyó que la actuación de la empresa fue totalmente legítima y ajustada a la ley. El fallo destacó cuatro argumentos centrales que las áreas de Recursos Humanos deben considerar:
1. Incumplimiento grave del Reglamento Interno (RIT)
El no legalizar el dinero representó una violación severa al manual interno de la organización. El documento de la compañía establecía explícitamente la obligación de probar el destino del capital tras cada desembolso.
2. Violación del objeto legal de las cesantías
De acuerdo con el artículo 256 del Código Sustantivo del Trabajo, las cesantías tienen una finalidad social protegida. Extraer dichos recursos para fines personales o no autorizados constituye un «aprovechamiento indebido» de la prestación social.
3. Responsabilidad solidaria del empleador
Según el Decreto 2076 de 1967 y el artículo 254 del Código Sustantivo del Trabajo, la empresa está obligada a vigilar la correcta destinación de los recursos. Si el empleador omite este control, se expone a la sanción de perder las sumas pagadas y responder nuevamente por ellas.
4. Configuración de engaño y maniobras inciertas
Por último, el tribunal precisó que para configurar la justa causa del numeral 1 del artículo 62 del CST no se requiere una condena penal por falsedad documental. Basta con comprobar que el trabajador acudió a maniobras fingidas o inciertas para defraudar la confianza corporativa.
Recomendaciones previas para las áreas de Talento Humano
Por lo tanto, la Sentencia SL245-2026 marca un precedente fundamental. Las compañías deben auditar periódicamente las autorizaciones de retiro de cesantías y fijar plazos perentorios en sus reglamentos para la entrega de escrituras y matrículas inmobiliarias.
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