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UVT 2026 en $52.374: El nuevo estándar para el cumplimiento y la retención en la fuente

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El inicio del año gravable 2026 exige a los departamentos contables una precisión absoluta en la actualización de sus parámetros fiscales. La fijación de la Unidad de Valor Tributario (UVT) en $52.374 actúa como el eje central para la liquidación de impuestos y el cálculo de sanciones. Para las empresas en Cali y el Valle del Cauca, este ajuste implica una revisión inmediata de los topes de retención en la fuente, destacando que para servicios generales la base mínima se ha establecido en solo 2 UVT. Este artículo detalla los valores exactos en pesos que regirán sus operaciones, asegurando que su planeación fiscal esté blindada contra errores de cálculo.

La UVT de $52.374 y los nuevos topes de responsabilidad

La UVT para 2026 se ha establecido en $52.374, un valor que impacta directamente la clasificación de los contribuyentes. Uno de los puntos más críticos es el tope para los no responsables de IVA. Las personas naturales que en el año anterior hayan obtenido ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT se mantienen en esta categoría. Con el nuevo valor, este umbral se sitúa exactamente en los $183.309.000. Superar este monto obliga al registro como responsable de IVA y a la expedición de factura electrónica.

Asimismo, la sanción mínima para el año 2026, equivalente a 10 UVT, se fija en $524.000. Este valor representa el costo base de cualquier error formal, como la extemporaneidad en la presentación de declaraciones. La precisión en la parametrización de los sistemas contables desde el primer día del año es la única estrategia efectiva para evitar que pequeños descuidos administrativos se conviertan en gastos significativos para la compañía.

Tablas de Retención en la Fuente: Servicios desde $105.000

La retención en la fuente requiere una vigilancia constante de los montos mínimos a partir de los cuales se debe practicar. Basados en la UVT de $52.374 y las tablas del boletín oficial, los topes para la operación diaria en el Valle del Cauca han quedado definidos de la siguiente manera:

En el rubro de servicios generales, la base mínima de retención es de 2 UVT, lo que equivale a $105.000 (valor redondeado). Esto significa que casi cualquier contratación de servicios técnicos o administrativos estará sujeta a retención desde un monto muy bajo. Para compras generales, la base mínima es de 10 UVT, situándose en $524.000. Es vital que los asistentes contables identifiquen correctamente si un pago corresponde a un servicio o a una compra para aplicar la base correcta ($105.000 vs $524.000).

Otros conceptos incluyen el arrendamiento de bienes inmuebles con una base de 10 UVT ($524.000) y servicios de transporte terrestre de carga que, al igual que los servicios generales, tienen una base de 2 UVT ($105.000). El manejo de honorarios y comisiones para personas jurídicas no tiene base mínima, por lo que se debe retener sobre el 100% del pago.

Procedimientos para servicios personales de personas naturales

Cuando el beneficiario del pago es una persona natural que presta servicios personales, se aplica la tabla de retención del Artículo 383 del Estatuto Tributario, indexada a la UVT de $52.374. La retención comienza a partir de una base gravable mensual de 95 UVT, lo que equivale a $4.976.000, previa depuración de aportes a salud, pensión y rentas exentas.

Las empresas en Cali deben asegurar que cada pago a trabajadores independientes cuente con el soporte de seguridad social correspondiente, calculado sobre una base mínima de un salario mínimo ($1.750.905), para que el gasto sea aceptado fiscalmente. La omisión en la verificación de estos aportes puede llevar al rechazo de costos y deducciones en la declaración de renta.

Pasos para la actualización de los sistemas contables

Para asegurar que su organización no incurra en riesgos por desactualización, recomendamos ejecutar el siguiente protocolo:

  1. Actualice el valor de la UVT a $52.374 en todos los módulos de su software.

  2. Parametrice la base mínima de servicios generales en $105.000 (2 UVT).

  3. Ajuste la base mínima de compras en $524.000 (10 UVT).

  4. Verifique los ingresos de sus proveedores independientes frente al tope de $183.309.000.

  5. Revise que los aportes a seguridad social de contratistas se realicen sobre la base de $1.750.905.

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