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Reducción de sanciones por información exógena por favorabilidad

Importante hito del Consejo de Estado: En la Sentencia 30402, el alto tribunal aplicó el principio de favorabilidad tributaria para reducir del 3% al 1% una sanción por información exógena. Descubra cómo defender a su empresa en este artículo.

Reducción de la Sanción por Información Exógena: Aplicación del Principio de Favorabilidad

La entrega extemporánea u omitida de información en medios magnéticos representa uno de los mayores focos de sanción tributaria en Colombia. Mediante la Sentencia No. 30402 del 28 de mayo de 2026, la Sección Cuarta del Consejo de Estado fijó una posición jurisprudencial determinante en materia sancionatoria.

En este fallo, el alto tribunal analizó la sanción impuesta por la DIAN a un contribuyente y aplicó de oficio el principio constitucional de favorabilidad para recalcular la multa.

La entrega posterior de exógena no elimina la infracción

Un aspecto relevante recordado por el Consejo de Estado es que suministrar la información después de notificado el pliego de cargos no desaparece la conducta infractora. La omisión inicial vulnera la facultad de fiscalización de la administración tributaria.

Por esta razón, la DIAN no está obligada a probar un daño económico concreto para imponer la multa del artículo 651 del Estatuto Tributario. No obstante, el reporte posterior sí resulta válido para graduar y atenuar el monto de la sanción.

Del 3% al 1%: La aplicación retroactiva de la Ley 2277 de 2022

Lo más sobresaliente del fallo aconteció cuando el Consejo de Estado contrastó el régimen sancionatorio previo con la reforma tributaria de la Ley 2277 de 2022. La corporación concluyó que la versión modificada del artículo 651 del Estatuto Tributario resultaba sustancialmente más beneficiosa para el infractor.

Cálculo comparativo aplicado en la sentencia:

  • Tarifa anterior aplicada por la DIAN: 3% del valor de la información no suministrada.

  • Nueva tarifa bajo el principio de favorabilidad: 1% del valor total reportado.

  • Impacto en el fallo: La sanción fue rebajada a $131.293.000, garantizando el devido proceso constitucional.

Un precedente para la defensa de los contribuyentes

Ciertamente, esta sentencia reconfirma que en el derecho administrativo sancionatorio la norma más favorable debe aplicarse de manera retroactiva, incluso si fue aprobada con posterioridad a la falta.

Si su compañía afronta pliegos de cargos o discusiones abiertas con la DIAN por extemporaneidad en medios magnéticos, el equipo de FRG Auditores y Consultores S.A.S. le ayuda a solicitar la aplicación del principio de favorabilidad.

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