El Nuevo Tipo de Aportante y Cotizante: La Figura del Contratante
La Resolución 467 de 2025 introduce un cambio fundamental en la relación con los trabajadores independientes con contratos superiores a un mes: el Tipo de Aportante 15 – Contratante. Este cambio, impulsado por la Reforma Pensional, busca garantizar que los contratistas independientes coticen a seguridad social de manera oportuna y correcta. Al asignar la responsabilidad al contratante, el Estado busca simplificar el cumplimiento y reducir la evasión en el pago de aportes. Esta medida implica una reconfiguración de los procesos de back-office para muchas empresas, que ahora deben integrar la gestión de la seguridad social de sus contratistas directamente en su proceso de nómina y tesorería, algo que antes era responsabilidad casi exclusiva del contratista. La no implementación de esta figura y los códigos asociados expone a la empresa a riesgos de auditoría por parte de la UGPP, que puede desconocer los pagos si no se hacen bajo el esquema correcto.
Roles y Responsabilidades del Aportante 15: El Cotizante 59
El Tipo de Aportante 15 se habilita para que los contratantes puedan gestionar directamente los aportes a seguridad social de sus contratistas, asegurando que el Ingreso Base de Cotización (IBC) y la tarifa de aportes se calculen correctamente. Esto representa una medida de control y transparencia en la contratación de servicios.
- El Cotizante 59: Para este nuevo esquema, se habilita el cotizante 59 (Independientes contratistas), el cual deberá ser utilizado tanto por aportantes tipo 2 (Independientes) como por el nuevo tipo 15, siempre que el contrato de prestación de servicios sea superior a un mes. La correcta identificación del cotizante es el primer paso para evitar errores de liquidación.
- Planillas Específicas: Se deberá usar la planilla «Y» (Independientes contratistas) para la liquidación habitual y la planilla «N» (correcciones) para subsanar errores. La elección adecuada de la planilla es crucial para que el pago se asigne correctamente a las cuentas individuales de los contratistas.
- Gestión de Novedades: Se ha habilitado la opción de reportar la terminación del contrato entre contratista y contratante, marcando la novedad RET con la letra «T». Esto proporciona una trazabilidad más clara de la relación contractual en el sistema de seguridad social.
Impacto y Desafíos Operacionales del Nuevo Aportante
Este cambio traslada una carga operativa y de riesgo significativa del contratista al contratante. El contratante debe ahora:
- Verificar el IBC: Asegurarse de que el IBC no sea inferior al 40% del valor mensualizado del contrato.
- Manejo de la PILA: Entrenar al equipo de nómina o al outsourcing para manejar el nuevo Tipo de Aportante 15 y el Cotizante 59, así como las nuevas validaciones de la PILA.
- Riesgo Legal: El contratante puede ser solidariamente responsable por el incumplimiento en el pago de los aportes de sus contratistas.
Caso Práctico: Una empresa de marketing digital en Cali, que trabaja con 20 freelancers con contratos de 6 meses, debe pasar de simplemente deducir los aportes del pago del contratista a gestionar el pago y la liquidación directa. Esto exige una auditoría interna para garantizar que los soportes y los cálculos del IBC sean precisos, mitigando el riesgo de que la UGPP desconozca el gasto o imponga multas por inexactitud.
Esquema de Cotización Flexible: Formalización del Tiempo Parcial
El Ministerio de Trabajo, mediante la Circular 0093 de 2025, oficializó un esquema de cotización a la seguridad social por períodos inferiores a un mes. Esta implementación es vital para los trabajadores dependientes con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV), en cumplimiento de las Leyes Laboral y Pensional. Este esquema está diseñado para formalizar a los trabajadores de tiempo parcial, como aquellos que laboran solo unos días a la semana o en horarios reducidos, ofreciéndoles acceso a la pensión, ARL y Caja de Compensación Familiar (CCF).
Liquidación Semanal y el Cotizante 51: El Modelo de Cuartos de SMMLV
La modalidad de cotización se realiza a través de la PILA, utilizando el tipo de cotizante 51, denominado «trabajador de tiempo parcial». La liquidación se realiza de la siguiente manera, de acuerdo con el número de días laborados reportados:
| Número de Días Cotizados | Número de Semanas | Ingreso Base de Cotización (IBC) |
| Entre 1 y 7 días | 1 semana | Un cuarto de SMMLV |
| Entre 8 y 14 días | 2 semanas | Dos cuartos de SMMLV |
| Entre 15 y 21 días | 3 semanas | Tres cuartos de SMMLV |
| Entre 22 y 30 días | 4 semanas | Un SMMLV |
- Alcance: Este esquema aplica a las cotizaciones de Pensión, ARL y Caja de Compensación Familiar (CCF). El empleador debe tener un control minucioso de las horas y días trabajados para aplicar el IBC correcto, que está fraccionado en cuartos.
Desafíos en la Salud y Riesgos Laborales
La Circular 0093 presenta complejidades, especialmente en la cobertura de salud y riesgos laborales:
- Riesgos Laborales (ARL): La cotización a riesgos laborales se mantiene por el periodo mensual de 30 días, con la tarifa que corresponda al riesgo de la actividad. Esto implica que el trabajador está cubierto durante todo el mes, a pesar de haber cotizado solo por días o semanas en otros subsistemas.
- Salud: Estos trabajadores pueden permanecer afiliados al régimen subsidiado o como beneficiarios del régimen contributivo. El objetivo es que no queden desprotegidos en salud por trabajar a tiempo parcial.
Caso de Estudio: Una cadena de restaurantes en El Retiro, Antioquia (como la que el usuario mencionó en sus preferencias), emplea meseros por turnos de fin de semana. Antes, era difícil formalizar la pensión para estos trabajadores. Con el Cotizante 51, la empresa puede liquidar sus aportes por 1 o 2 semanas al mes, asegurando que estos trabajadores, a pesar de ganar menos del SMMLV, empiecen a construir su historial pensional y reciban subsidios familiares. Esta herramienta es esencial para el cumplimiento laboral en el sector de servicios.
Novedades en la PILA: Simplificación y Eliminación de Trámites
La Resolución 467 de 2025 no solo introduce nuevos códigos, sino que también busca simplificar la gestión de ciertas novedades en la PILA al eliminar la obligación de reportar ciertos traslados.
Novedades de Traslado Eliminadas: TAP, TDP, TAE y TDE
La Resolución eliminó la obligación de reportar las novedades de traslado TAP (Traslado a otra Administradora de Pensiones), TDP (Traslado a otra Administradora de Cesantías), TAE (Traslado a otra EPS) y TDE (Traslado a otra Administradora de Riesgos Laborales), entre otras.
- Gestión Directa por el Cotizante: Este cambio implica que los cotizantes activos y pensionados deberán gestionar estos traslados directamente ante la administradora a la que se dirigen.
- Impacto Operativo: Si bien elimina una carga de reporte para el empleador, este debe actualizar sus políticas internas y sus protocolos de onboarding y offboarding para informar a los trabajadores sobre su nueva responsabilidad de gestionar estos traslados. La empresa debe asegurarse de que la información de afiliación que reporta a la PILA siempre sea la más reciente y confirmada por el trabajador.
Pasos a Seguir: La Auditoría de Nómina y la Vigilancia Constante
Las modificaciones en la PILA y el esquema de cotización flexible son una clara señal de que el cumplimiento de la seguridad social es un foco de la regulación y de la vigilancia de la UGPP. La clave para la gestión empresarial de su compañía es la anticipación y la precisión en la liquidación.
- Actualización de Software: Verifique con urgencia que su proveedor de software de nómina haya incorporado los nuevos códigos (Aportante 15, Cotizantes 59 y 51) y las reglas de liquidación por semanas. La liquidación manual de estos nuevos esquemas aumenta exponencialmente el riesgo de error.
- Protocolo de Contratistas: Cree un protocolo de onboarding y pago que incorpore la liquidación directa de aportes a contratistas con contratos mayores a un mes. La gestión de riesgos exige este control para evitar la responsabilidad solidaria.
- Auditoría Preventiva de Nómina y PILA: Realice una auditoría de nómina y PILA preventiva para verificar que no haya errores en la liquidación, especialmente en las figuras de tiempo parcial. Los errores en esta área son el principal riesgo de sanciones de la UGPP, que pueden incluir intereses y multas sobre valores adeudados.
- Capacitación del Talento Humano: Capacite a su equipo de Talento Humano y Nómina sobre el uso correcto de los nuevos códigos y los timing de reporte. La información de la PILA es el reflejo de la salud operacional de su empresa.
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